viernes, 23 de octubre de 2009

La polémica reforma que consolida la Milicia Bolivariana entró en vigor hoy







La reforma de la Ley de la Fuerza Armada, que incluye la reorganización de la Milicia Bolivariana, entró hoy en vigor en medio de las críticas a una legislación que, según analistas, contempla una militarización de la sociedad.



Esta reforma y la nueva Ley de Conscripción, ambas publicadas en la Gaceta Oficial, permiten “consolidar la visión” del presidente venezolano, Hugo Chávez, de convertir a toda la sociedad “en un cuartel”, dijo a Efe la analista Rocío San Miguel.



San Miguel, presidenta de la ONG Asociación Civil de Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional, subrayó que estos textos buscan eliminar “los derechos de los civiles a seguir siendo civiles”, mientras partidarios oficialistas les otorgan un carácter “socialista y humanista”.



La experta en temas de seguridad recordó que Chávez “activó en 2005″ por decreto las milicias bolivarianas, y el pasado año fijó su organización en el seno de las Fuerzas Armadas con otro decreto mediante la Ley Habilitante de la que entonces disponía para legislar sin debate parlamentario.



“Es el pueblo en armas (…) Nosotros no tenemos planes de agredir a nadie, pero vamos a convertir a Venezuela en un país capaz de defender hasta el último milímetro del territorio”, dijo ayer el mandatario venezolano, al promulgar el texto de la reforma a la ley del pasado año.
Chávez, quien en varias ocasiones invitó al “pueblo en armas” a “defender la revolución socialista bolivariana”, reiteró anoche su llamado a organizar la “defensa” en los barrios.



Chávez, quien en varias ocasiones invitó al “pueblo en armas” a “defender la revolución socialista bolivariana”, reiteró anoche su llamado a organizar la “defensa” en los barrios.



La Ley Orgánica de la Fuerza Armada, de 2008, establecía que la Milicia Nacional Bolivariana estaba formada por la reserva militar, las “milicias territoriales” y los “cuerpos combatientes”, estos últimos creados en instituciones públicas, universidades o empresas, como la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA).



Con la reforma de la ley que aprobó la oficialista Asamblea Nacional a principios de este mes y promulgó ayer el gobernante venezolano, la reserva queda nuevamente inscrita en los componentes de las Fuerzas Armadas, mientras la Milicia se limita a los dos otros grupos.



En opinión de San Miguel, se ha “despojado” a la Milicia del vínculo con la Fuerza Militar y ha quedado como “una fuerza autónoma” con dos elementos milicias territoriales y cuerpos combatientes que no figuran “en ninguna parte en la Constitución” venezolana.



Junto con esa reforma, también se promulgó la Ley de Conscripción, que, de acuerdo con la analista, vulnera el artículo 134 de la Constitución, según el cual los venezolanos pueden prestar “servicio a la Patria” mediante dos opciones: servicio civil o militar.Este servicio queda ahora “homologado bajo mando militar”, señaló San Miguel, lo que, en su opinión, “trastoca” los fundamentos de la sociedad democrática venezolana.



Este servicio queda ahora “homologado bajo mando militar”, señaló San Miguel, lo que, en su opinión, “trastoca” los fundamentos de la sociedad democrática venezolana.



La analista indicó que, efectivamente, como anunció Chávez, ya no hay reclutamiento “compulsivo”, práctica de reclutamiento forzoso que existió en este país, pero se entra en una vía en la que el poder civil se somete al poder militar.



“Aunque lo que vaya a hacer (el recluta) sea pintar paredes o cocinar, estará bajo mando militar”, manifestó, al comentar la ley de Conscripción por la que se obliga a todos los venezolanos entre 18 y 60 años a “cumplir el servicio militar”.



San Miguel consideró que estas medidas probablemente “se implementarán de manera selectiva” en las regiones donde “le convenga” al Gobierno de Chávez.



En este sentido, alertó del riesgo de mayor “proliferación” de grupos armados en un país que ya tiene problemas para controlarlos, al igual que no consigue frenar la proliferación de armas.
En el texto reformado de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada también quedó eliminada la palabra “nacional” en las referencias a la Milicia, antes llamada “Milicia Nacional Bolivariana” y ahora “Milicia Bolivariana”.



En opinión de la analista, la ley es “ambigua” con respecto a la nacionalidad de los eventuales integrantes de la Milicia.



En ese sentido, no descartó la idea de que se pueda permitir la incorporación de personas de otros países dentro de un contexto “geopolítico”, en alusión a la Alianza Bolivariana para las Américas (ALBA) que impulsa Chávez.



Vía EFE




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Hugo Chávez promulgó esta noche la reforma parcial de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Lofanb), así como la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar que fueron aprobadas por la AN el pasado 6 de octubre.



Desde el Palacio de Miraflores, en Caracas, y durante el Consejo de Ministros Presidencial número cinco, Chávez precisó que con ello se está dando mayor organización a la milicia, a su vez comentó que Venezuela se está convirtiendo en un país “capaz de defender su territorio”.



Al respecto, el ministro de Defensa, Ramón Carrizales explicó que con la reforma a la Lofanb fundamentalmente se le está dando organización a la milicia.



“La reserva que estaba adscrita a la milicia pasa a formar parte de los componentes de la FANB con el Ministerio de Defensa. Cada componente tiene la obligación de formar su reserva y entrenarla”, dijo el ministro.



Explicó que las milicias ahora se dividirán en milicia territorial; circunscrita al territorio, fundamentalmente a las parroquias y los cuerpos combatientes; organizaciones de voluntarios que están dentro de los organismos y empresas del Estado y que tienen como finalidad mantener el organismo en producción y funcionamiento y también participar en la defensa integral del territorio.



Agregó Carrizales que en la reforma a la mencionada ley también se incluye un cambio en relación con los grados de los oficiales, con lo cual la denominación de subtenientes desaparece. Los que ahora son subtenientes pasan a ser tenientes y quienes actualmente son tenientes se denominarán primer teniente en lo sucesivo.



Por su parte, con la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, la conscripción pasa a ser responsabilidad directa del Ministerio de Defensa y queda establecido que el tiempo mínimo para cumplir el servicio militar es de doce meses pudiendo prolongarse este período. También se indica que la prestación de este servicio se puede cumplir a tiempo completo y a tiempo parcial.



“ES EL PUEBLO EN ARMAS”



Con ello, quienes desempeñan otras funciones en la sociedad pudieran también prestar el servicio militar sin descuidar sus obligaciones, de acuerdo con lo expresado por el presidente Chávez.



Chávez puntualizó haciendo un llamado a la población a comprometerse con la defensa del territorio nacional y de sus intereses, por lo cual exhortó a todas las instituciones del país a organizar las milicias “ “en el barrio, en el campo” y en toda la nación.



“En un barrio de Caracas, (organizamos) un ejercicio de defensa, donde participe el pueblo organizado, algunos con uniforme, otros sin uniforme, los hombres de inteligencia, las mujeres cocinando“, describió Chávez en un consejo de ministros transmitido parcialmente por la televisora estatal VTV.



“Es el pueblo en armas, la guerra de todo el pueblo (…) Nosotros no tenemos planes de agredir a nadie, pero vamos a convertir a Venezuela en un país capaz de defender hasta el último milímetro del territorio y para eso es importante la participación del pueblo”, explicó el presidente.



Manifestó que aunque “no tenemos planes para agredir a nadie, vamos a convertir a Venezuela en un país capaz de defender cada milímetro de su territorio”.



“¡Que nadie se venga a meter con nosotros!”, exclamó



Con información de ABN y AFP







La Asamblea Nacional aprobó esta noche la Ley de Reforma Parcial de la Fuerza Armanda Nacional Bolivariana (FANB), que añade el término “Bolivariana” a la FAN y estructura la “Milicia Bolivariana”.



La incorporación del término “bolivariana” causó una acalorada discusión entre diputados oficialistas y opositores, pues estos últimos consideran que dicha palabra es utilizada por el Presidente de la República y su equipo de gobierno con objetivos netamente partidistas, proselitistas.



Además, la oposición argumentó que la incorporación de dicho término fue rechazado en su oportunidad cuando el pueblo votó en contra de la reforma parcial de la Constitución Nacional, lo que le colocaría al margen de la Carta Magna.



Otro aspecto polémico de la nueva Ley es la constitución formal de la milicia bolivariana, que además dentro de si misma contempla la existencia de un cuerpo de combatientes. Este aspecto ha sido muy criticado por las fuerzas opositoras ya que implica armar a civiles.



Igualmente, avanzada la noche fue aprobada también la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar.



LEY DE LA FANB



La plenaria de la Asamblea Nacional sancionó la Ley de reforma Parcial del Decreto N° 66.239 con Rango y fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, ordenando su remisión al ejecutivo Nacional a los fines de su promulgación y publicación en la Gaceta Oficial.
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En la exposición de motivos del decreto de la FANB reformado, se indica que la modificación de la norma obedece a la necesaria revisión y adecuación de las normas jurídicas que rigen este componente, especialmente adecuar su organización a las nuevas exigencias, “con un visión geopolítica que transita el sendero hacia la estructuración del Estado Social”.



El diputado Mendoza, como presidente de la Comisión de Defensa en este mismo sentido, dijo que otro de los cambios fundamentales contenidos en la reforma se refiere a la organización de la Milicia Bolivariana estableciendo que estará constituida por un Comando General, Segundo Comando y Jefatura de Estado Mayor, Agrupamientos, Unidades de Milicia Territorial, Cuerpos Combatientes y los Órganos Operativos y Administrativos Funcionales necesarios para coadyuvar en la ejecución de las acciones de seguridad, defensa y desarrollo integral de la Nación.
Igualmente se incluye, entre las funciones de los componentes militares de la FANB, la de conducir el entrenamiento de la Reserva.



Se conceptualiza a la Milicia Bolivariana como un cuerpo especial organizado por el Estado venezolano, integrado por la Milicia Territorial y Cuerpos Combatientes, destinada a complementar a la FANB en la defensa integral de la Nación, para contribuir en garantizar su independencia y soberanía. Los aspectos inherentes a la organización, funcionamiento y demás aspectos administrativos y operacionales serán determinados por el reglamento.



La Milicia depende directamente del Presidente de la República, Comandante en Jefe de la Fuerza Armada en todo lo relativo a los aspectos operacionales a través del Comando Estratégico Operacional y para los asuntos administrativos dependerá del Ministerio del Poder Popular para la Defensa.



En la modificación del artículo 23 se indica que el Presidente o Presidenta de la República y Comandante en Jefe de la FANB establecerá las Regiones Estratégicas de Defensa Integral, las cuales contará con un Jefe y su Estado Mayor Conjunto.



Las Regiones Estratégicas de Defensa Integral estarán organizadas en Zonas Operativas de Defensa Integral con su Comando y Estado Mayor y éstas a su vez, en Áreas de Defensa Integral.



El Presidente (a) podrá establecer distritos militares y nombrar su comandante, para atender circunstancias especiales. Lo conducente a su organización y el funcionamiento se establecerá en el decreto de creación.



Dentro de las funciones de la milicia se establecen:



– Alistar, organizar, equipar, instruir, entrenar y reestrenar las unidades de la Milicia Bolivariana,– Establecer vínculos permanentes entre la FANB y el pueblo venezolano, para contribuir en garantizar la defensa integral de la Nación,– Organizar y entrenar a la Milicia Territorial y los Cuerpos Combatientes para ejecutar las operaciones de defensa integral,– Contribuir y participar en el desarrollo de tecnología industrial militar,– Orientar, coordinar y apoyar en las áreas de su competencia a los Consejos Comunales y– Contribuir y asesorar en la conformación y consolidación de los Comités de Defensa Integral de los consejos comunales a fin de fortalecer la unidad cívico militar.



Igualmente deberán recabar, procesar y difundir la información de los consejos comunales, instituciones del sector público y privado, necesaria para la elaboración de los planes, programas, proyectos de Desarrollo Integral de la Nación y Movilización Nacional.



En el artículo 49 se precisa que la Milicia Bolivariana ejecutará acciones de Defensa Integral en los diferentes ámbitos de interés de la Nación, conforme a esta ley Orgánica, se considerará movilizada: -en periodos de instrucción, mediante jornada de entrenamiento y reentrenamiento programadas por el Comando General de la Milicia Bolivariana.



Asimismo podrá movilizarse en estados de excepción, cuando deberán presentarse en la unidad de la Milicia Bolivariana más cercana a su domicilio, quedando a disposición del Comandante General de la Milicia Bolivariana y cuando esté en situación de empleo temporal en un cargo de naturaleza militar.



LEY DE ALISTAMIENTO



Mediante la nueva Ley se elimina el reclutamiento forzoso, extiende la edad para prestar servicio militar hasta los 60 años, se establecen incentivos y beneficios para los reclutas como seguro de vida, ingreso en Escuelas de Oficiales o Tropa Profesional, además de incluir dos modalidades para la prestación del servicio; a tiempo completo y a tiempo parcial.
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Se establecen dos modalidades para prestar el Servicio Militar a saber, a tiempo completo y a tiempo parcial, permitiéndole al Alistado emplear el tiempo disponible para estudio o para desempeñar un empleo productivo, igualmente se establecen 12 meses como tiempo mínimo para la prestación del servicio militar, así como otros beneficios referidos al ingreso laboral, asignación de becas etc.



El ámbito de la ley está orientado a establecer la edad militar entre 18 y 60 años, se estipula el servicio militar como un deber, se prohíbe el reclutamiento forzoso, se incluyen las concentraciones anuales para el reclutamiento, además la responsabilidad de los patronos de cancelar el salario correspondientes mientras dure la concentración para los venezolanos y venezolanas que sean llamados a reentrenamiento o a instrucción militar.



Los venezolanos en edad para prestar servicio militar, están incluidos en la siguiente clasificación: -actividad, excedencia y reserva, se explica en este sentido que los venezolanos en excedencia son aquellos que no sean alistados en su clase por habérsele diferido del servicio.
La reserva queda conceptualizada como los venezolanos y venezolanas que hayan cumplido con el servicio militar, todo lo concerniente con su reentrenamiento, movilización, empleo y demás actividades administrativas.



En materia de beneficios e incentivos se indica que quienes presten servicio militar tendrán garantizada la permanencia en las diferentes misiones sociales, pago de ración mensual en función de la modalidad de prestación del servicio y jerarquía, posibilidad de ingreso a Escuelas de Formación de Oficiales, facilidad de apoyos para cursar estudios técnicos y universitarios, posibilidad de ingreso como profesionales militares de la milicia, asistencia médico odontológica, alojamiento confortable, vestuario y alimentación y seguro de vida.



El gobierno del Distrito Capital, las gobernaciones de estado, alcaldías, que poseen bajo su titularidad los bienes inmuebles donde funcione alguna circunscripción militar, deben transferir los mismos al Ministerio de la Defensa en un lapso no mayor de 6 meses, contados a partir de la publicación en Gaceta Oficial.